Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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1725
Legislatura: 1902-1903 (Cortes de 1901 a 1903)
Sesión: 24 de octubre de 1902
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 37, 923
Tema: Cambio del uso armamentístico y difamación del Sr. Romero Robledo

El Sr. Presidente de CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): El Sr. Romero Robledo se asusta por poca cosa. (El Sr. Romero Robledo: ¡Qué quiere S. S.! Yo soy así.) Y exagera sus conceptos hasta el punto de llamar golpe de Estado a la presentación de un proyecto de ley a las Cortes. ¡Desdichado golpe de Estado el que puede depender de S. S.! (Risas. El Sr. Romero Robledo pronuncia palabras que no se entienden.)

Pero entonces, ¿por qué le llama S. S. golpe de Estado? No trata el Gobierno con el proyecto de ley presentado de matar libertad ninguna, sino, por el contrario, de garantir la verdadera libertad. (Muy bien) Y para eso está el proyecto presentado a las Cortes: aquí vendrá, se discutirá, oiremos a S. S., y si S. S. demuestra que mata alguna libertad, si demuestra eso, desde luego le doy por retirado. (Muy bien, en la mayoría.- Rumores en las minorías.)

No; el Gobierno no quiere que mate más que una libertad, la libertad de difamar, la libertad de calumniar, ésa es la única que quiere matar, porque matando eso, puede fructificar y pueden florecer las demás libertades. (Muy bien)

Por consiguiente, ¿a qué adelantar debates y discusiones? ¿Es que va a regir ese proyecto de ley antes de ser discutido y votado por las Cortes? Pues tenga S. S. calma y espere, y vamos a discutirle tranquilamente porque si las razones que S. S. da nos convencen, se modificará y aún se anulará el proyecto, que no ha de ir S. S. más adelante que yo en lo que es verdadera libertad. (Muy bien, muy bien.)

Y contestada esta segunda parte de la pregunta de S. S., voy a la primera.

Yo no sé si es cosa fácil la de variar el armamento de uno de los institutos armados del país; pero, en fin, yo prometo a S. S. estudiar el asunto con los Sres. Ministros de la Guerra y de la Gobernación, y si no hay inconveniente en variar el armamento de la guardia civil, lo que es por mi parte no pondré ninguno.

Por lo demás, S. S. quiere una cosa muy difícil de obtener, a mí me parece imposible, y es, que la fuerza pública reprima en la medida en que es atacada. (El Sr. Romero Robledo: En la que sea necesaria.) Lo cual, repito, me parece muy difícil, mejor dicho, me parece imposible.

Cuando sale la fuerza pública en cumplimiento de su deber, por mandato de la autoridad, a restablecer el orden público ya alterado, y la fuerza pública es agredida, es atacada con las armas que tienen los amotinados, unas veces con piedras, otras con revólvers, a veces con arma blanca, como la fuerza pública no tiene más armamento que el que el Estado le da, sólo de ese puede hacer uso. ¿Qué quiere S. S.? ¿Que al insulto conteste la fuerza pública con el insulto, y a las pedradas con las pedradas? Eso no puede ser: la fuerza pública contesta con las armas que tiene, y si esto es así, cuenta es de los amotinados saber a lo que se exponen: que no se expongan a que la fuerza pública haga uso de las armas. (Muy bien)



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